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Derecho civil: “Execute and deliver”

Es muy frecuente encontrar en los contratos anglosajones la fórmula «execute and deliver», utilizada a los efectos de dejar constancia de dos manifestaciones del consentimiento (“The contract has been duly authorized, executed and delivered by XXX”) y cuya traducción puede dar lugar a equívocos. Pasemos a analizar ambas figuras:

«Execute»

Si bien el significado de «execute» es bastante sencillo, no siempre es correctamente traducido, pues suele equipararse a «firmar» o «suscribir» cuando, en realidad, para que un contrato haya sido «executed» debe haber sido suscrito en nombre de una parte (interviniente) por quien tiene capacidad para actuar en su representación (véase página 280 de  Glazer y Fitzgibbon in legal opinions § 9.4 (2ª ed. 2.001) ). Es decir,  su equivalencia con el término «sign» (firma) es inexacto pues obvia un matiz: que la firma se lleva a cabo por poder o representación legal.

«Deliver»

«Delivery», stricto sensu, supone la entrega material del instrumento o documento sobre el que se redacta un negocio jurídico. Pero su importancia es relativa, pues depende del negocio jurídico o formalidad a la que se pretenda dar validez:

  1. En el caso de escrituras públicas (deeds) o contracts under seal (instrumentos otorgados por un sujeto privado con los mismos efectos que una escritura, los cuales ya hemos analizado en un post anterior), el «delivery» es de vital importancia, por cuanto es un elemento esencial del contrato. En este sentido, ha de tenerse en cuenta que, en el derecho anglosajón, la validez de determinados negocios jurídicos -como las donaciones, trasmisiones de inmuebles o el otorgamiento de garantías unilaterales- requieren de la formalización en escritura pública y, por tanto, es la escritura la que ha de ser entregada para que despliegue los efectos contenidos en la misma.
  2. Sin embargo, en aquellos contratos en los que el consentimiento no deba prestarse en determinada forma, la importancia de la figura del «delivery» decae. Al igual que en derecho civil español, en derecho anglosajón el consentimiento puede ser otorgado en cualquier forma. De ahí que, en primer lugar, no resulta necesario plasmarlo por escrito; de hecho, aun en el caso de que el consentimiento se plasmase por escrito, la firma tampoco resultaría un requisito imprescindible y, a mayor abundamiento, a pesar de que un contrato revistiese forma escrita y estuviera suscrito, la entrega del documento no sería necesaria. A este respecto, conviene reseñar que el único requisito para que un contrato no formal sea válido es la expresión del consentimiento (aceptación); es cierto que el «delivery» es un medio para evidenciar tal aceptación, pero no el único.

De todo lo anterior cabe concluir que, salvo en el caso de las escrituras públicas, la manifestación de que se ha producido el «delivery» suele resultar irrelevante: puede haberse prestado el consentimiento sin «delivery» así como puede haberse entregado el contrato («delivery») sin que se haya prestado el consentimiento. Pongamos un ejemplo: puede haberse firmado un contrato (en formación) y entregado a la otra parte, sin que el consentimiento se entienda prestado hasta la válida aceptación de esta. Sensu contrario, la parte que recibe un contrato (en formación) firmado, puede haber otorgado un consentimiento válido (p. ej.,mediante el cumplimiento de las obligaciones contenidas en el mismo) sin necesidad de hacer entrega (devolución) del instrumento a la otra parte. Por tanto, en la mayoría de estos casos la expresión «execute and deliver» equivale a «enter into», de forma que “the Company is duly authorized to execute and deliver [enter into] this agreement” podría perfectamente traducirse como “la Sociedad está debidamente autorizada para celebrar el presente contrato”

Con todo, existen supuestos en los que sí convendría diferenciar ambos conceptos. Entre otros, en el caso de que se suscribiera un contrato con condición suspensiva (por ejemplo, condicionando su validez al hecho de que se suscriba otro contrato accesorio). En tal caso,  el contrato accesorio sí debería ser suscrito y entregado (como prueba del cumplimiento de la condición suspensiva) y, como es obvio, la traducción de dicha disposición debería reflejar esta particularidad.

En definitiva, para una correcta traducción de «execute and deliver» el traductor debería analizar tanto la forma del contrato como el concreto negocio jurídico que se está celebrando.

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